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Sábado, 13 de febrero de 1999




DEFENDER A CURRO...



Ser currista es un «sentimiento altruista» y «una forma de entender la vida» que justifica una ardorosa defensa del diestro de Camas ante cualquier tipo de ataque, según constata una reciente sentencia la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en una resolución que desestima las pretensiones de una empresa frente a un trabajador cuyo despido por defender a Curro había sido declarado improcedente.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los magistrados Santiago Romero de Bustillo, Manuel Teba Pinto y Alfonso Martínez Escribano, ha dado la razón a un trabajador que fue despedido de la empresa en la que desempeñaba su labor como conductor tras haber respondido de manera airada a un comentario jocoso contra Curro Romero, matador por el que el trabajador profesa una particular admiración, lo que lo convierte en «un conocido currista», según señala la sentencia del TSJA.

La resolución de la Sala de lo Social viene motivada por el recurso planteado por la propia empresa que despidió al trabajador, que pretendía la revocación de la del del juzgado de instancia que había declarado improcedente el despido.

El trabajador, según el relato fáctico de la sentencia en instancia, había sido objeto indirecto de un comentario efectuado por uno de los clientes de la empresa –ubicada en la carretera Camas-Santiponce–, que se refirió de manera jocosa a las pocas corridas que Curro Romero iba a torear en la temporada pasada. Ante ello, el empleado, respondió que «quien tuviera cojones, le dijera eso en su cara».


Graves insultos

Entre el cliente y el conductor, sobre los que el TSJA percibe un sentimiento de «familiaridad», se cruzaron algunas frases. Así, el cliente preguntó si «eso iba por él», y el trabajador respondió «que no, que por quien lo hubiera dicho». La sentencia del juzgado de instancia no admite que se produjera altercado alguno entre ambos. Sin embargo, un vigilante que presenció la escena, redactó un parte en el que atribuyó al trabajador graves insultos contra el cliente.

El resultado fue el despido del empleado, que recurrió y ganó, ya que el vigilante no se presentó en el juicio y no ratificó ante el juez el contenido del parte elevado a la empresa.

La sentencia del juzgado declarando improcedente el despido fue recurrida por la empresa ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, cuya Sala de lo Social ha dado nuevamente la razón al empleado, del que señala la resolución que «es un gran aficionado a los toros y conocido currista por los empleados y clientes de la empresa».

Para el Tribunal lo que realmente importa en el litigio es que quienes pronunciaron la frase ofensiva contra Curro Romero lo hicieron deliberadamente ante el empleado, «sabedores de la afición del demandante y de su sentimiento currista».

Un sentimiento este, agrega la resolución, «que es indudable y notoriamente altruista en favor del diestro, arraigado y profundo como el que más, creador de una ilusión permanente, de una esperanza incondicional y de una forma de entender la vida».


Máximo respeto exigible

Esta manera por parte del trabajador «exige» según los magistrados «el máximo respeto de quienes no –o sí– lo tienen». Por eso mismo mantienen en su sentencia que «cuando se falta» a ese respeto «es previsible la reacción ardorosamente defensiva de quien, lógica y naturalmente, se considera ofendido, como le ocurrió al demandante [...] que por ende no fue ofensor sino todo lo contrario», agrega la resolución, en la que asimismo se matiza que no se produjo en ningún momento pelea ni alteración alguna en el centro de trabajo.

La sentencia, en la que ha sido ponente el magistrado Santiago Romero de Bustillo, acaba desestimando el recurso planteado por la empresa en cuestión, a la que, además condena en costas y a la pérdida del depósito que constituyó para apoyar el recurso.


José L. García
ABC
13/02/99






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